TORBEO; FUERO ESPECIAL EN 1225 Y AYUNTAMIENTO

TORBEO NUESTRA HISTORIA Para aficionados, como es el caso, pretender profundizar o estudiar con cierto rigor la historia de cualquier pequeño pueblo es poco menos que imposible y desde luego no lo pretendo entre otras razones porque nos falta la formación imprescindible para hacerlo y no tenemos el acceso a las fuentes ni el tiempo suficiente para trabajar en ello. Tenemos eso si, la curiosidad e inquietud para buscar con los medios a nuestro alcance la información relativa a esa historia con la ilusión de ponerla a vuestra disposición. Y digo tenemos porque buena parte de la información que publicamos me la suministra mi hermano Jorge. Por lo tanto los “apuntes” que sobre lo que fue TORBEO en siglos pasados encontréis en este espacio pueden contener imprecisiones o incluso errores que tendréis que disculpar y desde luego hacérmelos llegar para rectificarlos en beneficio de la mejor y mas completa información. Un primer descubrimiento para mi ha sido conocer que ya en el año 1225 el rey Alfonso IX otorga a TORBEO un fuero especial que se publica en el Boletín de la Academia de la Historia. En 1812, estando casi todo el país ocupado por los franceses, con Fernando VII prisionero en Francia, los Diputados españoles llevan a cabo la redacción de la primera Constitución Española. Las Cortes de Cádiz pasan a la historia por muchas razones y entre otras porque es la primera vez en este país en que se produce una convocatoria a Cortes sin mediar decisión del Rey. Se crean también entonces los primeros Ayuntamientos Constitucionales, independientes de los Señoríos y con la potestad de nombrar a sus Alcaldes y finalmente la abolición definitiva de los señoríos pasando a una estructura federal del Gobierno Local. Hubo entonces dos Ayuntamientos en lo que hoy es el de Ribas de Sil: San Clodio, que pertenece al partido judicial de Quiroga y TORBEO que pertenece al de Castro Caldelas. Ambos Ayuntamientos pertenecen a la única provincia que se crea en Galicia con el mismo nombre (provincia de Galicia), hasta esta fecha Torbeo había pertenecido a Orense. En los repartos que hace la Diputación de Galicia en el año 1821 para distribuir los cupos de Quintas y la Contribución Territorial y de Consumos corresponde a Torbeo 5498 reales y 9 maravedíes. Con posterioridad en la lista alfabética de nuevos ayuntamientos de la provincia de Lugo según Real Decreto de 23 de julio de 1835 ya no aparece TORBEO y si el Ayuntamiento de San Clodio de Ribas de Sil en cuyo termino ya esta incluido Torbeo. Estos nuevos ayuntamientos tienen una corta vigencia ( cinco años ) y en 1840 la Junta de Gobierno de Lugo publica una nueva reforma en la que desaparecen muchos ayuntamientos y aparece por primera vez el de Ribas de Sil (la que será denominación vigente hasta la actualidad) al que ya pertenece la parroquia de Torbeo y adscrito al partido judicial de Quiroga. Tiene entonces el Ayuntamiento (año 1845) 2546 habitantes de los que están adscritos a Torbeo 586 (es esta fecha Barreiro, Castro de Abaixo, Nogueira y Vilariño pertenecen a la parroquia de Torbeo). En este mismo año 1845 y según el Diccionario geográfico de España de Pascual Madoz el Ayuntamiento de Ribas de Sil no tiene ninguna escuela “bien dotada, pero suele haberlas temporales y pagadas por los padres de los alumnos”, pero en TORBEO si aparece una escuela permanente con 40 alumnos.
(CONTINUARA)

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